Términos y condiciones de acreditación

Introducción

Estos términos y condiciones (“Términos y condiciones”) regirá la prestación de acreditación y servicios relacionados por parte de la American Association for Accreditation of Ambulatory Surgery Facilities, Inc. que opera bajo el nombre comercial de QUAD A (“QUAD A”), incluyendo, entre otros, el uso de la plataforma de comunicación de instalaciones propiedad de QUAD A (el “Portal”).

Lea atentamente estos Términos y Condiciones, ya que contienen información importante sobre los derechos, recursos y obligaciones legales. Las políticas y procedimientos de QUAD A a los que se hace referencia en este documento (incluidos los enlaces URL) se incorporan por referencia y forman parte del mismo, pudiendo QUAD A actualizarlos, modificarlos o sustituirlos en cualquier momento. Al solicitar la Acreditación, renovarla, participar en el proceso de Acreditación y/o utilizar y acceder al Portal, usted, en nombre de la Instalación, acepta estos Términos y Condiciones en su totalidad y declara y garantiza a QUAD A que tiene la autoridad para vincular a la Instalación a los mismos. Por consiguiente, si no está de acuerdo con estos Términos y Condiciones o con alguna parte de ellos, ni usted ni la Instalación deberán participar en ningún Programa y deberán rechazarlos cuando se les presente la oportunidad. Los términos en mayúscula utilizados en este documento tendrán el significado que se les atribuye en el Glosario adjunto.

Términos de participación en el programa de acreditación QUAD A

QUAD A opera uno o más programas de acreditación voluntaria para instalaciones identificadas en la descripción del programa (cada uno de ellos un “Programa”, colectivamente el “Programas”), que se puede encontrar AQUÍ.Los programas de QUAD A están diseñados para mejorar la seguridad del paciente, teniendo en cuenta las dificultades operativas que dichos requisitos suponen para el centro y reconociendo la manera innovadora y flexible en que los centros pueden lograr y mantener el cumplimiento. Cualquier centro puede estar obligado a cumplir los requisitos de varios programas si presta servicios que se incluyen en más de uno. Los requisitos del programa (tal como se definen a continuación) están sujetos a cambios a la entera discreción de QUAD A, incluyendo, entre otros, la eliminación o combinación de programas.

Acreditación y renovación de la acreditación: descripción general

Las instalaciones que soliciten o mantengan la acreditación QUAD A deben cumplir con todos los requisitos enumerados en el manual de normas aplicable vigente en el momento de la inspección y cumplir con todas las solicitudes de presentación de documentos tales como registros, bitácoras, políticas, procedimientos o registros de capacitación (lo anterior, en conjunto, “Requisitos de la encuesta”). Además, se espera que las instalaciones acreditadas mantengan un cumplimiento continuo con el/los manual(es) de normas aplicables vigentes en ese momento, todos los requisitos de presentación de informes, los plazos de pago o los requisitos temporales (como en respuesta a una emergencia de salud pública) (colectivamente con los Requisitos de la Encuesta, “Requisitos del programa”). Todos los requisitos del programa se pueden encontrar AQUÍ.

Los requisitos del programa (incluida la eliminación o combinación de programas) están sujetos a cambios a la entera discreción de QUAD A.  Es responsabilidad del centro garantizar el cumplimiento de los requisitos del programa vigentes durante todo el período en el que el centro busca obtener o mantener la acreditación de QUAD A.  QUAD A informa al público sobre las actualizaciones de los Requisitos del Programa y las fechas de implementación correspondientes mediante la publicación de avisos de dichas actualizaciones en el sitio web de QUAD A y otros medios, incluidos, entre otros: aquí.En cuanto al cumplimiento de los Requisitos del Programa, QUAD A no otorga derechos adquiridos ni exime del cumplimiento de las normas basándose en la fecha original en que la Instalación obtuvo la Acreditación. El incumplimiento de todos los Requisitos del Programa vigentes puede resultar en una Decisión de Acreditación Adversa.

Comunicación con QUAD A – Obligaciones de las instalaciones

La institución debe mantener en todo momento una cuenta de correo electrónico supervisada para recibir comunicaciones de QUAD A, muchas de las cuales requerirán una respuesta oportuna. El incumplimiento de los plazos debido a comunicaciones electrónicas no procesadas por la institución puede resultar en una Decisión de Acreditación Adversa. Se recomienda a las instituciones que supervisen periódicamente si las comunicaciones de QUADA o de un dominio @quada.org se marcan incorrectamente como spam, correo basura o se desvían de alguna otra manera.

Proceso de acreditación QUAD A – Encuestas

Antes de obtener la acreditación (inicialmente o posteriormente), la instalación debe completar una inspección in situ, realizada por un inspector de QUAD A, y completar los procesos posteriores a la inspección que sean necesarios. Las inspecciones se realizarán de acuerdo con los requisitos del programa correspondiente para el cual la instalación solicita la acreditación. Las inspecciones no se anuncian con antelación (a menos que QUAD A comunique lo contrario), pero se llevarán a cabo durante el horario habitual de funcionamiento de la instalación, tal como se indica en la solicitud de acreditación. Para obtener la acreditación de QUAD A, la instalación debe cumplir con todos los estándares de su programa correspondiente. El incumplimiento en proporcionar al inspector de QUAD A el acceso solicitado a las instalaciones (incluidos los quirófanos en funcionamiento cuando sea necesario para la inspección del programa) y/o la documentación, incluidos, entre otros, los historiales médicos, la documentación de revisión por pares y los informes de datos de seguridad del paciente, o cualquier otro obstáculo que impida al inspector de QUAD A realizar la inspección de forma exhaustiva y completa, puede dar lugar a una decisión de acreditación adversa, incluida la denegación de una solicitud de acreditación o la revocación de la acreditación existente.

El inspector de QUAD A revisará preliminarmente cualquier deficiencia con el director de la instalación (o su representante si el director no está disponible para la reunión de cierre) y enviará el informe de inspección a QUAD A para su revisión y decisión final sobre la acreditación. Dicha revisión preliminar podrá ser resumida o detallada, a discreción del inspector de QUAD A. Tras la revisión interna del informe de inspección, QUAD A enviará a la instalación el informe final que detalla las deficiencias detectadas, las cuales podrán atribuirse a otras normas diferentes o modificar la gravedad de cualquier hallazgo del informe original, a su entera discreción.

La instalación debe presentar su Plan de Cumplimiento (PoC), abordando cada deficiencia señalada, y debe proporcionar una Declaración de Cumplimiento (EoC) para cada una de ellas, a fin de demostrar que cumple con todos los Requisitos del Programa. Los PoC y las EoC deben ser recibidos y aceptados por QUAD A dentro de los plazos establecidos por QUAD A para el Programa correspondiente en el que la instalación solicita la acreditación. El incumplimiento de estos plazos puede resultar en una Decisión de Acreditación Adversa, que incluye la denegación de la solicitud de acreditación o la revocación de la acreditación existente.

Además de las inspecciones in situ para la Acreditación, los Requisitos del Programa pueden exigir que una Instalación realice autoevaluaciones anuales. La Instalación es responsable de conservar los resultados de su autoevaluación y documentar un PoC y un EoC aceptables para cada SoD autoidentificado. La Instalación debe conservar, o enviar a QUAD A si así lo comunica QUAD A, el informe completo de autoevaluación, PoC y EoC como condición para la continuidad de la Acreditación de acuerdo con los plazos establecidos en los Requisitos del Programa. La certificación de la autoevaluación debe enviarse a QUAD A dentro de los plazos establecidos en los Requisitos del Programa. No completar satisfactoriamente una autoevaluación puede resultar en una Decisión de Acreditación Adversa.

Política de asignación de topógrafos

QUAD A se esfuerza razonablemente por evitar conflictos de interés o la apariencia de conflictos de interés en la asignación de inspectores de QUAD A. Cuando lo permitan los requisitos del programa, la instalación puede rechazar la asignación de un inspector de QUAD A debido a un conflicto de interés u otra razón específica que la instalación considere que pueda afectar su capacidad para recibir una inspección objetiva. QUAD A permitirá un total de dos rechazos de inspectores de QUAD A, pero la tercera asignación de inspector de QUAD A no podrá ser impugnada. La instalación debe comunicar el conflicto de interés por escrito al representante de programación de QUAD A tan pronto como sea posible después de la asignación del inspector de QUAD A (cuando lo permitan los requisitos del programa) y, en cualquier caso, antes de comenzar la inspección. Cuando los requisitos del programa permiten que QUAD A notifique con antelación a la instalación la asignación del inspector de QUAD A, cualquier negativa in situ a realizar una inspección debido a la asignación del inspector de QUAD A por un conflicto de intereses, sin previo aviso a QUAD A, puede resultar en que la instalación deba pagar los costos en los que QUAD A ya haya incurrido en relación con la inspección, incluidos, entre otros, los costos de viaje, hotel o personal.

Para evitar cualquier duda, esta sección no se aplica cuando los Requisitos del Programa (incluido, entre otros, Medicare) prohíben la negativa a realizar una encuesta.

Participantes de la encuesta

Solo las personas autorizadas pueden participar en la encuesta en nombre del Centro. Para los fines de esta sección, “personas autorizadas” se refiere al personal empleado o a los agentes contratados que brindan atención o realizan tareas administrativas de manera regular en el Centro, y específicamente no incluye a consultores ni a representantes de productos, dispositivos o productos farmacéuticos. Las personas prohibidas anteriormente no pueden participar activamente en la encuesta ni comunicarse con el Encuestador QUAD A en nombre del Centro. Los Requisitos de la Encuesta exigen que las personas autorizadas puedan demostrar y comunicar el cumplimiento de los Requisitos del Programa, incluyendo la capacidad de localizar información y recursos. El Encuestador QUAD A puede, a su entera discreción, determinar si una persona es una persona autorizada y solicitar que se excluya a cualquier persona presente durante el proceso de la encuesta que sea disruptiva, interfiera o intente influir indebidamente en la realización de la misma.

Notificación de acreditación y certificado

Tras completar satisfactoriamente la encuesta y el proceso posterior a la misma, el Comité de Acreditación tomará una decisión sobre la acreditación del centro. De ser otorgada, la acreditación tendrá una vigencia de tres (3) años, salvo que se vea afectada por requisitos legales o reglamentarios y en caso de que QUAD A imponga una Decisión Adversa de Acreditación debido al incumplimiento por parte del centro de todos los requisitos del programa. Si se otorga la acreditación, el centro recibirá una notificación formal y un certificado que indica la fecha de inicio y la fecha de vencimiento de la acreditación. QUAD A recomienda que los centros exhiban este certificado mientras la acreditación esté vigente. Los procesos específicos del programa pueden afectar la emisión y/o el momento de la notificación de la acreditación, y pueden sufrir retrasos o impedimentos debido a factores ajenos al control de QUAD A, como la inscripción del centro en Medicare, cuando corresponda.

Investigaciones

QUAD A puede realizar una encuesta de investigación como resultado de una queja u otro informe de cualquier fuente que sugiera incumplimiento, incluyendo, entre otros, informes de los medios de comunicación, quejas, informes de eventos adversos, informes de muertes de pacientes o referencias de agencias gubernamentales. Las encuestas de investigación no se anuncian y pueden aplicarse tarifas asociadas. Los procedimientos de encuesta de investigación y acción correctiva para el programa correspondiente se pueden encontrar AQUÍ.Las encuestas de investigación pueden dar lugar a una decisión de acreditación adversa, que puede incluir, entre otras cosas, la revocación de la acreditación.

Otras encuestas y personal de encuestas

Los requisitos del programa pueden permitir o exigir que QUAD A realice inspecciones adicionales o específicas como condición para la acreditación, incluyendo, entre otras, inspecciones de validación, inspecciones del Código de Seguridad contra Incendios (para programas de Medicare) o inspecciones de seguimiento o reevaluación. Consulte los requisitos del programa correspondientes para obtener más información sobre estas inspecciones.

Cualquier inspector de QUAD A que realice una inspección podrá estar acompañado por representantes de QUAD A o de sus socios reguladores, como representantes de los Centros de Servicios de Medicare y Medicaid (CMS) o de organismos reguladores estatales o locales de salud y seguridad. Si no se proporciona a dichos observadores el acceso solicitado a las instalaciones (incluidos los quirófanos en funcionamiento cuando así lo exijan los Requisitos de Inspección del Programa), o la documentación necesaria, o si existe cualquier otro impedimento para que el observador pueda acompañar y observar al inspector de QUAD A de forma exhaustiva y completa, podrá producirse una Decisión de Acreditación Adversa, que puede incluir la denegación de una Solicitud de Acreditación o la revocación de una Acreditación existente.

Disputa de deficiencias

Todas las deficiencias identificadas por los inspectores de QUAD A durante cualquier inspección in situ deben ser corregidas por la instalación mediante una PoC escrita y una EoC posterior presentada para su aprobación. Sin embargo, si la instalación cree razonablemente que una deficiencia identificada por el inspector de QUAD A durante la inspección podría haber sido conforme en el momento de la inspección, pero se comunicó erróneamente al inspector de QUAD A, entonces la instalación puede presentar evidencia que demuestre cómo se mantuvo el cumplimiento durante la inspección y cualquier evidencia de que el cumplimiento no fue observado o pasado por alto por el inspector de QUAD A. QUAD A no considerará disputas sobre la gravedad de los hallazgos ni cuando haya interpretación y discreción involucradas. Además, cuando los cambios puedan realizarse fácilmente después de la inspección, QUAD A considerará la evidencia proporcionada como una EoC, en lugar de una disputa, y la deficiencia permanecerá en el registro (con la anotación apropiada de que fue corregida). Para evitar cualquier duda, las respuestas oportunas de una instalación a las solicitudes del inspector de QUAD A para demostrar el cumplimiento son un requisito esencial de la inspección. En consecuencia, queda a la entera discreción del inspector de QUAD A determinar si cualquier retraso o falta de comunicación con él durante la inspección realizada por la instalación es lo suficientemente significativo como para justificar una sanción. La evaluación que haga el inspector de QUAD A sobre la puntualidad de la respuesta de la instalación no está sujeta a controversia conforme a este párrafo.

Condiciones de presentación de la solicitud y pago

Cada centro debe presentar una solicitud de acreditación para iniciar el proceso. QUAD A no procesará ninguna solicitud de acreditación, ya sea inicial o de renovación, hasta que se reciba el pago completo. Una solicitud de acreditación (inicial o posterior) podrá ser denegada únicamente por falta de pago de las tasas correspondientes. Asimismo, las solicitudes de acreditación cuyo pago completo no se haya recibido en un plazo de ciento veinte (120) días a partir de su recepción serán desestimadas, y se requerirá una nueva solicitud de acreditación y el pago completo para obtener la acreditación.

Para las instalaciones que solicitan la acreditación inicial, si esta se deniega o no se obtiene en el plazo de un año a partir de la fecha de recepción de la solicitud, esta caducará y no se realizarán reembolsos. Será necesario presentar una nueva solicitud y abonar la tasa correspondiente para reiniciar el proceso de acreditación.

Para las nuevas instalaciones que solicitan la acreditación inicial mediante una encuesta de puesta en marcha, si la acreditación posterior es denegada o no se obtiene en un plazo de seis meses a partir de la fecha de recepción de la aprobación de dicha encuesta, la solicitud de acreditación caduca y no se realizarán reembolsos. Será necesario presentar una nueva solicitud y abonar la tasa correspondiente para reiniciar el proceso de acreditación.

También se podrán aplicar tarifas por la mejora de una clase, la ampliación de las instalaciones, la renovación, la incorporación de nuevas capacidades especializadas con el equipo correspondiente, la incorporación o el cambio de personal o de liderazgo, o cualquier cambio en las instalaciones o sus operaciones que QUAD A determine que requiere una inspección para evaluar el cumplimiento de los requisitos del programa aplicables con el fin de mantener la acreditación.

Facturación anual

Además de las tarifas que deben presentarse con la Solicitud de Acreditación, las tarifas publicadas vigentes de QUAD A (que se pueden encontrar AQUÍ) se aplican a todos los Programas. Las tarifas incluyen una tarifa anual así como tarifas de inspección, que se cobran cada tres años y siempre que se requiera una nueva inspección según los Requisitos del Programa. La primera factura anual de una Instalación se emite aproximadamente seis (6) meses después de que se otorga la Acreditación inicial (si se otorga). Posteriormente, la Instalación recibe su factura anualmente. El pago vence dentro de los 30 días de la recepción de la factura. Cualquier monto pagadero a QUAD A que no se pague antes de la fecha de vencimiento de la factura devengará intereses a una tasa del 2% aplicada después de 30 días y 60 días, o la tasa legal máxima, la que sea menor.

Si la cuenta del centro permanece impaga durante 90 días o más a partir de la fecha de vencimiento de la factura, QUAD A podrá suspender la acreditación del centro durante 60 días. Para que se levante la suspensión de la acreditación, se deberán abonar todos los saldos pendientes y cualquier cargo adicional. El impago de todos los importes adeudados durante el período de suspensión de 60 días podría conllevar la revocación de la acreditación.

Tras la revocación de la acreditación por falta de pago de las cantidades adeudadas a QUAD A, la instalación podrá volver a solicitar la acreditación, pero deberá abonar todas las tasas atrasadas, así como cualquier nueva tasa que deba pagar en relación con la solicitud de acreditación nuevamente.

Reembolsos

Las solicitudes de reembolso deben presentarse en el formulario de QUAD A disponible AQUÍ y firmada por el Director de la Instalación o la persona designada por el Director de la Instalación. Los reembolsos se pueden otorgar de conformidad con la política de reembolsos de QUAD A vigente en ese momento, que se puede encontrar AQUÍ según corresponda y a la entera discreción de QUAD A.

Cambios en la información de acreditación

Tal como se describe en los Requisitos del Programa, las Instalaciones deben notificar a QUAD A si desean:

  • Cambiar programas de acreditación o clase
  • Mudarse a una nueva ubicación
  • Agregar o eliminar una ubicación de extensión (solo para el programa OPT)
  • Agregar o eliminar profesionales
  • Someterse a ampliación o renovación de las instalaciones.
  • Modificar el alcance de los servicios prestados
  • Cambio de propietarios o personas responsables, como el director médico, el director del centro o el administrador de la clínica.

Estas notificaciones serán revisadas y se notificará a la instalación si se requiere una inspección in situ para mantener la acreditación vigente o si el cambio interrumpe el ciclo y debe gestionarse como una nueva solicitud para fines de facturación y procesamiento. Tras esta determinación por parte de QUAD A, se facturarán a la instalación las tarifas correspondientes (por ejemplo, las tarifas anuales y la tarifa de inspección) según las tarifas publicadas por QUAD A en ese momento.

Política de cancelación de encuestas

En los casos en que los Requisitos del Programa permitan que se programe una encuesta con aviso previo, la Instalación puede notificar por escrito a QUAD A su deseo de cancelar la encuesta programada. Se pueden aplicar cargos por cancelaciones dentro de los treinta (30) días o menos de las encuestas programadas. La política para la cancelación de dichas encuestas se puede encontrar AQUÍ.

Las encuestas no anunciadas no se pueden reprogramar ni cancelar. No permitir que se complete una encuesta no anunciada resultará en la suspensión de cualquier acreditación existente, la denegación de la acreditación y/o la imposición de tarifas o multas según lo descrito en los Requisitos del Programa aplicables que se pueden encontrar AQUÍ.

Informe de datos de seguridad del paciente (PSDR)

Para mantener la acreditación, todas las instalaciones deben cumplir con los requisitos vigentes de Informes de Datos de Seguridad del Paciente (“PSDR”) de QUAD A, que se pueden encontrar en los estándares respectivos del Programa en el que la Instalación participa o busca participar. El formato de informe, los plazos y los criterios del PSDR se pueden encontrar en el portal PSDR de QUAD A y ESTA PÁGINA.

Revisión por pares

La revisión por pares es un proceso independiente y obligatorio del PSDR, según lo establecido en los requisitos del programa. Se trata de un proceso interno del centro donde dos o más profesionales de la salud analizan la gestión y el progreso de un caso y determinan posibles mejoras en su desarrollo. La revisión por pares es un requisito de acreditación dentro de ciertos requisitos del programa y forma parte del programa de garantía de calidad del centro. La realización de las reuniones de revisión por pares debe documentarse en las actas de las reuniones de garantía de calidad.

Cumplimiento normativo

Como condición para la acreditación, el centro debe firmar y presentar una declaración jurada del director (o del administrador de la clínica) que confirme que cumple con todas las regulaciones locales, estatales y federales, ya que dichas regulaciones gubernamentales pueden, en ciertos casos, ser más estrictas y prevalecer sobre los requisitos del programa QUAD A. La acreditación exige el cumplimiento del requisito más estricto —ya sea federal, estatal, local o los requisitos del programa QUAD A— como parte del cumplimiento de los requisitos del programa. Además, como requisito del programa, se espera que los centros cumplan con sus políticas y procedimientos internos, si estos son más estrictos que los requisitos del programa. Si la inspección revela el incumplimiento de alguna política o procedimiento del centro, se determinará que el centro no cumple con los requisitos del programa.

Decisiones de acreditación adversas

QUAD A tiene amplia discreción en cuanto a la aplicación del cumplimiento de todos los Requisitos del Programa. El proceso mediante el cual QUAD A puede tomar medidas adversas con respecto a la Acreditación de una Instalación se describe con más detalle en las Políticas de Aplicación de QUAD A que se pueden encontrar AQUÍ.

Denegación o pérdida de la acreditación; suspensión de emergencia

Sin limitar la discreción de QUAD A según lo descrito en el Políticas de aplicación, QUAD A puede emitir una Decisión de Acreditación Adversa:

  • Al recibir información de que una autoridad de concesión de licencias profesionales ha tomado medidas o ha iniciado procedimientos formales que pueden resultar en que tome medidas contra una licencia que posee un proveedor que ejerce en el centro;
  • Cuando la Junta Directiva determine que la Instalación puede dejar de cumplir con los Estándares de Acreditación de QUAD A debido a factores que, a la entera discreción de QUAD A, no pueden corregirse, incluyendo, entre otros, el mantenimiento de cualquier proveedor que cumpla con los requisitos de personal para el Programa aplicable; o
  • Si por cualquier otro motivo o por cualquier medio la Instalación no cumple con las obligaciones de Acreditación, incluyendo, entre otros, el aprendizaje QUAD A de que el personal de la Instalación:
    • Ha tenido privilegios para brindar atención o servicios restringidos o limitados por cualquier hospital en el que el licenciatario tenga privilegios relacionados de alguna manera con la falta de competencia clínica, cuestiones éticas, negativa a atender llamadas de emergencia o problemas profesionales que no sean competencia económica percibida o real.
    • Se ha determinado que ha infringido el Código de Ética de alguna sociedad o asociación profesional.
    • Ha tenido el derecho a proporcionar atención o servicios limitado, suspendido, terminado o afectado de otra manera por cualquier estado, provincia o país o si el licenciatario ha sido disciplinado por cualquier autoridad de licencias profesionales.
    • No informar sobre ninguno de los casos anteriores.

Apelar

Las decisiones de acreditación adversas pueden apelarse según lo establecido en la Política de Audiencias que está disponible. AQUÍ.

Promoviendo la acreditación QUAD A

QUAD A anima a las instalaciones acreditadas a promocionar su acreditación publicando su certificado, anunciándolo verbalmente y utilizando el logotipo de QUAD A, de conformidad con los Términos y Condiciones de Uso aplicables.

Las instalaciones que ya no estén acreditadas, ya sea debido a una Decisión Adversa de Acreditación o por otro motivo, deben eliminar cualquier referencia a su acreditación de sus instalaciones, publicaciones y presencia digital dentro de los diez (10) días siguientes a la fecha de vencimiento o terminación de la Acreditación.

QUAD A prohíbe la promoción de la Acreditación y cualquier uso de su nombre o logotipo cuando una Instalación no esté acreditada en ese momento.

Informes de terceros, confidencialidad y cumplimiento de la HIPAA

QUAD A mantiene un registro de todas las acciones de acreditación y las deficiencias en la acreditación de cada centro. Cuando lo exija la ley, o en virtud del acuerdo de colaboración de QUAD A con una agencia estatal o programa de pago aplicable en el que el centro participe o pretenda participar, QUAD A podrá proporcionar copias de dichos registros, a su entera discreción. Nada de lo dispuesto en este párrafo se interpretará como una renuncia a ningún privilegio legal o estatutario aplicable a QUAD A o al centro.

Sin perjuicio de lo anterior, cada parte se compromete a mantener la confidencialidad de toda la información relativa al negocio de la otra parte, sus ideas, productos, clientes, usuarios finales o servicios que puedan considerarse Información Confidencial. Se entiende por “Información Confidencial” cualquier información perteneciente a una parte, o que obre en su poder o bajo su control, que se marque como confidencial o de propiedad exclusiva al ser revelada a la otra parte, o, si se revela verbalmente, se documente por escrito para la otra parte dentro de los diez (10) días siguientes a la fecha de la revelación, identificando dicha revelación como confidencial. La Información Confidencial no incluye ninguna información de dominio público por medios distintos a una infracción de esta disposición por parte de la parte receptora, información desarrollada independientemente por la parte receptora, o si así lo exige un tribunal o un organismo gubernamental; siempre que, en este último caso, se notifique al propietario de la Información Confidencial la exigencia de dicha revelación de manera oportuna para que pueda impugnarla o restringirla.

Las Partes reconocen y aceptan que el proceso de Acreditación y los Requisitos del Programa pueden requerir acceso a “información de salud protegida” según se define ese término en 45 CFR § 160.103 y que la divulgación de PHI a QUAD A está permitida bajo la Ley de Portabilidad y Responsabilidad del Seguro Médico de 1996 y las regulaciones promulgadas de conformidad con la misma, según se modifique de vez en cuando (colectivamente, “HIPAA”) para los fines de las operaciones de atención médica de la Instalación (según se define en 45 CFR 164.501). Al recibir PHI para este propósito, las Partes acuerdan celebrar el Acuerdo de asociación comercial publicado aquí, que por la presente se incorpora por referencia y pasa a formar parte de este Acuerdo (el “BAA”).

Las Partes acuerdan además que la información enviada a PSDR puede constituir uno o más conjuntos de datos limitados que cumplen con los requisitos de 45 CFR § 164.514(e)(2) (cada uno un “Conjunto de Datos Limitados” y, colectivamente, los “Conjuntos de Datos Limitados”). El uso y la divulgación de los Conjuntos de Datos Limitados por parte de QUAD A se regirán por el Acuerdo de Uso de Datos publicado AQUÍ, que se incorpora por referencia y forma parte del presente Acuerdo (el “DUA”). La Instalación reconoce que el DUA incluye autorización para que QUAD A utilice y/o divulgue los Conjuntos de Datos Limitados para fines de investigación de QUAD A o de terceros (siempre que QUAD A haya cumplido con los requisitos del DUA con respecto a la divulgación de Conjuntos de Datos Limitados a dichos terceros).

Garantía y limitación de responsabilidad

QUAD A garantiza que los servicios que presta conforme a estos Términos y Condiciones se realizarán de manera profesional y diligente. Si usted detecta algún incumplimiento de la garantía anterior, deberá notificarlo a QUAD A por escrito dentro de los treinta (30) días posteriores a la prestación de los servicios defectuosos. La única y exclusiva obligación de QUAD A, y su único y exclusivo recurso, en caso de incumplimiento de la garantía anterior, será la prestación nuevamente de los servicios sin costo adicional para usted. NO EXISTEN DECLARACIONES, PROMESAS, GARANTÍAS NI ENTENDIMIENTOS EN LOS QUE USTED SE BASE QUE NO ESTÉN CONTENIDOS EN ESTOS TÉRMINOS Y CONDICIONES. SALVO LAS GARANTÍAS EXPRESAMENTE ESTABLECIDAS EN ESTOS TÉRMINOS Y CONDICIONES, TODOS LOS SERVICIOS PROPORCIONADOS POR QUAD A EN VIRTUD DEL PRESENTE ACUERDO SE REALIZAN Y PROPORCIONAN “TAL CUAL” Y “SEGÚN DISPONIBILIDAD”, Y QUAD A RENUNCIA A TODAS LAS DEMÁS GARANTÍAS CON RESPECTO A LOS SERVICIOS, EXPRESAS O IMPLÍCITAS, INCLUIDAS, ENTRE OTRAS, LAS RELACIONADAS CON LA COMERCIABILIDAD, LA NO INFRACCIÓN, LA TITULARIDAD, LA EXACTITUD, LA CORRECCIÓN, LA INTEGRIDAD O LA IDONEIDAD PARA UN PROPÓSITO PARTICULAR. EN NINGÚN CASO QUAD A SERÁ RESPONSABLE POR DAÑOS INDIRECTOS, ESPECIALES, INCIDENTALES, CONSECUENTES O EJEMPLARES DE CUALQUIER NATURALEZA, INCLUYENDO, SIN LIMITACIÓN, DAÑOS POR PÉRDIDA DE REPUTACIÓN, INTERRUPCIÓN DEL NEGOCIO, PARALIZACIÓN DEL TRABAJO, PÉRDIDA DE DATOS, LUCRO CESANTE O FALLA INFORMÁTICA, INDEPENDIENTEMENTE DE LA TEORÍA LEGAL APLICABLE E INCLUSO SI SE LE HA ADVERTIDO DE LA POSIBILIDAD DE DICHOS DAÑOS. USTED RECONOCE QUE QUAD A NO TIENE RESPONSABILIDAD ALGUNA, DIRECTA O INDIRECTA, E INDEPENDIENTEMENTE DE LA TEORÍA LEGAL APLICABLE, POR NINGÚN PRODUCTO O SERVICIO DE TERCEROS. EN NINGÚN CASO LA RESPONSABILIDAD DE QUAD A EN VIRTUD DEL PRESENTE ACUERDO, INDEPENDIENTEMENTE DE LA TEORÍA LEGAL, EXCEDERÁ LAS HONORARIOS PAGADOS A QUAD A EN VIRTUD DE ESTOS TÉRMINOS Y CONDICIONES DURANTE EL PERÍODO DE DOCE MESES ANTERIOR AL EVENTO QUE DIO ORIGEN A LA RECLAMACIÓN.

Condiciones de uso del portal

ESTOS TÉRMINOS Y CONDICIONES SE APLICARÁN A TODO USO DEL PORTAL. EN CASO DE CONFLICTO CON EL ACUERDO RESPECTO AL OBJETO DEL PRESENTE DOCUMENTO, PREVALECERÁN LOS TÉRMINOS DE ESTOS TÉRMINOS. EN TODOS LOS DEMÁS CASOS, PREVALECERÁ EL ACUERDO.

Condiciones de uso del portal – Definiciones

“El término ”Acuerdo” se refiere a los Términos y Condiciones de Acreditación, de los cuales estos Términos forman parte.

“Por ”Usuarios Autorizados’ se entiende a las personas autorizadas para acceder y utilizar el Software. Los usuarios en línea pueden incluir, entre otros, a empleados, consultores, contratistas y agentes de Facility, siempre que dicho acceso no infrinja estos Términos ni el Acuerdo. Facility es responsable del uso del Software por parte de todos sus Usuarios Autorizados y de todo acceso al mismo.

“Datos” significa (a) cualquier información no pública proporcionada a QUAD A por las Instalaciones para su uso con el Software, incluyendo PHI, datos de registros médicos electrónicos, datos contables o financieros y otra información relacionada con la Instalación, los pacientes, las instalaciones y los Usuarios Autorizados; (b) otros datos de atención médica proporcionados por las Instalaciones u obtenidos por QUAD A o las Instalaciones de otras fuentes públicas y no públicas.

“Por ”Código de Software Malicioso” se entienden los virus, gusanos, bombas lógicas, troyanos y demás código, archivos, scripts, agentes u otros programas informáticos similares, dañinos o maliciosos, destinados a provocar fallos de funcionamiento, ralentización u otras interrupciones en la funcionalidad del Software.

“Competidor QUAD A” se refiere a cualquier proveedor de servicios de acreditación de centros de atención médica.

“Software” se refiere a las aplicaciones y la plataforma en línea, basadas en la web, proporcionadas por QUAD A a las Instalaciones para su uso por parte de las Instalaciones y sus Usuarios Autorizados, así como cualquier mejora o derivación de las mismas.

“Por ”Aplicaciones de terceros” se entienden las aplicaciones en línea, basadas en la web, y los productos de software fuera de línea proporcionados por terceros que pueden interactuar con el Software, incluidos los productos y servicios de recopilación de datos de terceros utilizados para proporcionar datos a QUAD A para su inclusión en el Software.

Los términos utilizados en el presente documento que no estén definidos de otro modo tendrán el significado que se les atribuye en el Acuerdo.

Condiciones de uso del portal – Licencia limitada

Conforme a estos Términos y al Acuerdo, QUAD A otorga a cada Instalación una licencia no exclusiva, intransferible, no asignable y no sublicenciable para acceder y usar el Software a través de Internet únicamente con el fin de participar en uno o más Programas de Acreditación y para fines comerciales internos legítimos que no estén prohibidos por el Acuerdo (el “Uso Permitido”). La Instalación se compromete a limitar el acceso al Software únicamente a Usuarios Autorizados, y en ningún caso para el acceso público general ni para un uso distinto al Uso Permitido. QUAD A no será responsable de las acciones de los Usuarios Autorizados de las Instalaciones, incluido el acceso o uso no autorizado del Software mediante identificaciones de usuario y contraseñas proporcionadas por las Instalaciones, ni de ninguna violación de estos Términos por parte de ninguna persona que no sea QUAD A o sus empleados, subcontratistas, agentes o representantes.

Condiciones de uso del portal – Contraseñas

No se crearán ni utilizarán cuentas ni contraseñas compartidas. Las instalaciones deberán mantener la confidencialidad de todas las contraseñas y limitar el intercambio de contraseñas, números de cuenta o información a usuarios autorizados y otras personas autorizadas.

Condiciones de uso del portal – Usuarios autorizados

Los Usuarios Autorizados no tienen derechos ni duraciones de suscripción independientes de los de QUAD A. El registro de Usuarios Autorizados por parte de QUAD A, según lo designado por la Instalación, es un acto meramente administrativo, pero es necesario para identificar personalmente a las personas que utilizan el Software y para controlar el acceso y gestionar los roles y responsabilidades. Las cuentas de Usuario Autorizado registradas no pueden ser compartidas ni utilizadas por más de un Usuario Autorizado.

Condiciones de uso del portal – Datos

Todos los datos se transferirán en el formato y la forma prescritos por QUAD A. La instalación deberá contar con todos los permisos necesarios para incluir y poner a disposición de QUAD A los datos proporcionados en virtud del presente Acuerdo para su uso con el Software, de conformidad con este Acuerdo. El Acuerdo de Uso de Datos (DUA) regirá la recepción y el uso por parte de QUAD A de los datos que constituyen un conjunto de datos limitado. Todos los demás datos pasarán a ser propiedad única y exclusiva de QUAD A una vez enviados al Software.

Condiciones de uso del portal – Alcance del uso de la propiedad intelectual

Reserva de derechos. Sin perjuicio de los derechos limitados expresamente otorgados en virtud del presente y de los términos del Acuerdo, QUAD A se reserva todos los derechos, títulos e intereses sobre el Software, incluidos todos los derechos de propiedad intelectual relacionados. No se otorgan a la Instalación derechos de propiedad sobre el Software, salvo los expresamente establecidos en el presente documento.

Restricciones. La Instalación no deberá (i) permitir que ningún tercero acceda al Software excepto según lo expresamente permitido en el presente documento, (ii) crear obras derivadas basadas en el Software, (iii) realizar ingeniería inversa del Software, o (iv) acceder o divulgar el Software con el fin de (a) crear un producto o servicio competitivo o ayudar de cualquier manera a un Competidor de QUAD A, o (b) copiar cualquier característica, función o gráfico del Software para fines competitivos con QUAD A.

Código descargado. Salvo en el caso de aplicaciones de terceros, cualquier código de software, cookies o datos con estructura sintáctica, como HTML, XML, JavaScript u otro código similar proporcionado por QUAD A que se ejecute en el navegador del usuario autorizado o que se almacene y recupere desde su ordenador, son propiedad intelectual exclusiva de QUAD A. Por la presente, se otorga a Facility una licencia restringida para utilizar la propiedad mencionada únicamente en conjunto con el Software, según lo permitido en este documento.

Documentos exportables e imprimibles. El formato de los informes, gráficos y diagramas exportables e imprimibles (en conjunto, los “Formularios de datos exportables”) creados mediante el uso del Software (si lo hubiere) son propiedad intelectual de QUAD A.

Condiciones de uso del portal – Uso del software

Responsabilidades de la Instalación. La Instalación será (i) la única responsable de la exactitud, calidad, integridad y legalidad de los Datos y de los medios por los cuales la Instalación adquirió los Datos y los envió a QUAD A como subcontratista de QUAD A para su uso con el Software, (ii) hará esfuerzos comercialmente razonables para evitar la divulgación no autorizada del Software y notificará a QUAD A de inmediato sobre cualquier acceso o uso no autorizado, y (iii) utilizará el Software solo de conformidad con el Acuerdo, estos Términos y las leyes y regulaciones gubernamentales aplicables. La Instalación será responsable de todas las Aplicaciones de Terceros y de todos los costos de proveedores externos asociados con la recopilación y transferencia de Datos a QUAD A como subcontratista de QUAD A para su uso con el Software.

Convenios de las instalaciones. La Instalación no deberá (a) poner el Software a disposición de nadie que no sean los Usuarios Autorizados de la Instalación, (b) autorizar a ninguna persona o entidad comercial a ser un Usuario Autorizado que sea un Competidor de QUAD A, (c) vender, revender, alquilar, licenciar o arrendar el Software o el acceso al Software, (d) operar como una oficina de servicios o proveedor intermedio del Software para cualquier tercero sin el consentimiento previo por escrito de QUAD A y QUAD A, (e) usar a sabiendas el Software para almacenar o transmitir material infractor, difamatorio o de otro modo ilegal o ilícito, o para almacenar o transmitir material que viole los derechos de privacidad de terceros, (f) usar a sabiendas el Software para almacenar o transmitir Código de Software Malicioso, (g) interferir intencionalmente o interrumpir la integridad o el rendimiento del Software, (h) intentar intencionalmente obtener acceso no autorizado al Software o sistemas o redes relacionados, que no sean aquellas áreas específicamente autorizadas para el acceso de la Instalación, (i) acceder al Software con fines de monitorear el rendimiento o la funcionalidad, o para cualquier propósito que compita con el Software, o (j) eliminar o destruir cualquier marca o leyenda de propiedad, incluyendo, pero no limitándose a, marcas comerciales y avisos de derechos de autor colocados en o contenidos en el Software por QUAD A.

Condiciones de uso del portal – Garantía limitada

QUAD A garantiza que (i) el Software funcionará sustancialmente de acuerdo con las especificaciones publicadas; y (ii) QUAD A tiene derechos suficientes para ofrecer, usar y licenciar dicho Software a la Instalación.

Condiciones de uso del portal – Recurso exclusivo

En caso de incumplimiento de las garantías anteriores, Facility entiende que su único recurso es la sustitución del Software defectuoso por un Software conforme sin coste alguno para Facility, sujeto a la discreción comercialmente razonable de QUAD A.

Condiciones de uso del portal – Descargo de responsabilidad

NO HAY DECLARACIONES, PROMESAS, GARANTÍAS NI ENTENDIMIENTOS EN LOS QUE SE BASEN LA INSTALACIÓN O SUS USUARIOS AUTORIZADOS QUE NO ESTÉN CONTENIDOS EN ESTOS TÉRMINOS. SALVO LAS GARANTÍAS EXPRESAMENTE ESTABLECIDAS EN ESTOS TÉRMINOS Y CONDICIONES (Y EXCLUYENDO EXPRESAMENTE LOS TÉRMINOS DEL ACUERDO), EL SOFTWARE SE PONE A DISPOSICIÓN DE LA INSTALACIÓN Y LOS USUARIOS AUTORIZADOS “TAL CUAL” Y “SEGÚN DISPONIBILIDAD”, Y QUAD A RENUNCIA A TODAS LAS DEMÁS GARANTÍAS CON RESPECTO A LOS SERVICIOS, EXPRESAS O IMPLÍCITAS, INCLUIDAS, ENTRE OTRAS, LAS RELACIONADAS CON LA COMERCIABILIDAD, LA NO INFRACCIÓN, LA TITULARIDAD, LA EXACTITUD, LA CORRECCIÓN, LA INTEGRIDAD O LA IDONEIDAD PARA UN PROPÓSITO PARTICULAR. QUAD A NO GARANTIZA QUE EL SOFTWARE FUNCIONE SIN INTERRUPCIONES NI ERRORES, NI QUE CUMPLA CON LOS REQUISITOS DE LA INSTALACIÓN O DEL USUARIO AUTORIZADO. NINGUNA INFORMACIÓN O CONSEJO, ORAL O ESCRITO, PROPORCIONADO POR QUAD A, SUS AGENTES O EMPLEADOS, AMPLIARÁ EN MODO ALGUNO EL ALCANCE DE ESTA GARANTÍA.

Condiciones de uso del portal – Limitación de responsabilidad

En ningún caso la responsabilidad total de Quad A que surja de estos términos o esté relacionada con ellos, ya sea por contrato, agravio o cualquier otra teoría de responsabilidad, excederá los $100. Usted acepta que esta es una limitación justa basada en la forma y el costo mediante los cuales se le proporciona el portal. Además, usted acepta que cualquier acción legal que surja de, esté relacionada con, o esté conectada de alguna manera con el portal o estos términos de uso, deberá iniciarse dentro de un (1) año a partir de la fecha en que surja la causa de la acción. Las acciones legales iniciadas fuera de este plazo se considerarán renunciadas.

EN NINGÚN CASO QUAD A SERÁ RESPONSABLE POR DAÑOS INDIRECTOS, ESPECIALES, INCIDENTALES, CONSECUENTES O EJEMPLARES DE CUALQUIER NATURALEZA, INCLUYENDO, SIN LIMITACIÓN, DAÑOS POR PÉRDIDA DE REPUTACIÓN, INTERRUPCIÓN DEL NEGOCIO, PARALIZACIÓN DEL TRABAJO, PÉRDIDA DE DATOS, LUCRO CESANTE O FALLA INFORMÁTICA, INDEPENDIENTEMENTE DE LA TEORÍA LEGAL APLICABLE E INCLUSO SI SE LE HA ADVERTIDO DE LA POSIBILIDAD DE DICHOS DAÑOS. USTED RECONOCE QUE QUAD A NO TIENE RESPONSABILIDAD ALGUNA, DIRECTA O INDIRECTA, E INDEPENDIENTEMENTE DE LA TEORÍA LEGAL APLICABLE, POR NINGÚN PRODUCTO O SERVICIO DE TERCEROS.

LAS EXENCIONES DE RESPONSABILIDAD ANTERIORES NO SE APLICARÁN EN LA MEDIDA EN QUE LO PROHÍBA LA LEY APLICABLE.

Asignación

La institución no podrá ceder ninguno de sus derechos u obligaciones derivados del presente contrato, ya sea por ministerio de la ley o de cualquier otra forma.

Contratista independiente

Las partes reconocen y aceptan que QUAD A es un contratista independiente, y nada de lo estipulado en este Acuerdo se interpretará como la creación de una relación de agencia, sociedad, empresa conjunta o laboral entre QUAD A y cualquier Instalación. QUAD A podrá recurrir a contratistas para la prestación de los servicios o bien prestar algunos de ellos a través de un tercero.

Renuncia y divisibilidad

La renuncia por cualquiera de las partes a cualquier incumplimiento de estos Términos y Condiciones no constituirá una renuncia a cualquier otro incumplimiento posterior, y la falta de aplicación de alguna de las disposiciones de estos Términos y Condiciones no limitará ni afectará el derecho de dicha parte a exigir el cumplimiento estricto de todas las demás disposiciones de estos Términos y Condiciones. Si alguna disposición de estos Términos y Condiciones fuera declarada nula, inválida, inaplicable o ilegal por un tribunal competente, la validez y aplicabilidad de las demás disposiciones del Acuerdo no se verán afectadas.

Ley aplicable

Estos Términos y Condiciones se interpretarán y aplicarán de conformidad con las leyes del Estado de Illinois, sin tener en cuenta las normas sobre elección de ley o conflicto de leyes. Todas las reclamaciones, disputas o controversias que surjan de estos Términos y Condiciones o se relacionen con ellos estarán sujetas a la jurisdicción exclusiva de cualquier tribunal estatal competente del Condado de Lake, Illinois, o de cualquier tribunal federal competente del Distrito Norte de Illinois. Por la presente, usted acepta la jurisdicción personal de dichos tribunales y renuncia a cualquier excepción de forum non conveniens.

Límites constitucionales

ÚNICAMENTE CUANDO LA INSTALACIÓN SEA UNA ENTIDAD GUBERNAMENTAL O UNA AGENCIA ESTATAL, LAS PARTES RECONOCEN QUE EXISTEN LIMITACIONES CONSTITUCIONALES Y LEGALES A LA AUTORIDAD DE LA INSTALACIÓN PARA CELEBRAR CIERTOS TÉRMINOS Y CONDICIONES AQUÍ ESTABLECIDOS, Y QUE PARTE DE ESTOS TÉRMINOS Y CONDICIONES PUEDE ESTAR LIMITADA POR DICHAS LIMITACIONES. POR CONSIGUIENTE, DICHAS PARTES DE ESTOS TÉRMINOS Y CONDICIONES NO SERÁN VINCULANTES PARA LA INSTALACIÓN ÚNICAMENTE EN LA MEDIDA EN QUE ESTÉN LIMITADAS O PROHIBIDAS POR LA AUTORIDAD CONSTITUCIONAL O LEGAL DEL ESTADO APLICABLE.

Acuerdo completo

Estos Términos y Condiciones, los Términos de Uso del Portal y todas las políticas, procedimientos, manuales, anexos u otra documentación a la que se hace referencia en el presente documento y que se incorpora por referencia, contienen el entendimiento completo entre las partes con respecto a su objeto y reemplazan todas las negociaciones, declaraciones o acuerdos previos, ya sean orales o escritos, con respecto a dicho objeto. Ninguna modificación, enmienda o renuncia a ninguna disposición de estos Términos y Condiciones, o a cualquier parte de los mismos, será efectiva a menos que conste por escrito y esté firmada o aceptada electrónicamente por QUAD A.

Sin perjuicio de lo anterior, QUAD A podrá modificar o cambiar estos Términos y Condiciones en cualquier momento sin previo aviso. Cualquier versión revisada de estos Términos y Condiciones se publicará el ______________________ y regirá en este caso. Le recomendamos revisar periódicamente los Términos y Condiciones.

Última actualización: ________________.

Glosario o términos

Acreditación: Una determinación de QUAD A (i) mediante una inspección y observación in situ, de que una Instalación ha cumplido con todos los estándares aplicables de QUAD A; (ii) mediante la revisión de la documentación y la certificación de su exactitud por parte de la Instalación, de que dicha Instalación ha cumplido con los requisitos de QUAD A relacionados con lo siguiente: cualificaciones, certificación, privilegios y credenciales del personal; equipo adecuado para realizar procedimientos en la especialidad o especialidades médicas enumeradas en su Solicitud de Acreditación; directrices de control de infecciones; y equipo apropiado para respuesta a emergencias. Se proporciona un certificado de acreditación para que la Instalación pueda exhibir su Acreditación al público. “Acreditado” tiene un significado correspondiente en cuanto al estado de una Instalación que ha obtenido la Acreditación.

Solicitud de acreditación:  Toda la documentación que debe presentarse para el programa correspondiente para el cual una instalación solicita la acreditación (junto con todas las tarifas correspondientes) con el fin de iniciar los procesos para obtener la acreditación.

Decisión de acreditación adversa: Cualquier decisión de QUAD A que resulte en que una Instalación no sea Acreditada utilizando cualquiera de las siguientes determinaciones: Aplazamiento, Denegación, Período de Prueba, Suspensión de Emergencia, Revocación o Terminación.

Clase: La determinación de la clase de la instalación se basa en el nivel más alto de anestesia proporcionado, incluso si dicho nivel de anestesia se proporciona con poca frecuencia.

Administrador de la clínica: Desempeña una función análoga a la del Director Médico, tal como se define a continuación, pero se aplica únicamente al programa de fisioterapia ambulatoria aprobado por Medicare.

Negación: Se trata de una situación relativa a una evaluación específica en la que, tras dicha evaluación (ya sea inicial o posterior), debido a la identificación de deficiencias o a que el centro no corrija las deficiencias señaladas, se deniega la acreditación, lo que obliga al centro a iniciar de nuevo el proceso de solicitud y evaluación antes de que se le pueda otorgar la acreditación. En tal caso, tanto el centro como QUAD A pueden optar por no continuar con el proceso de acreditación.

Aplazamiento: El estado de “Aplazado” se refiere a una evaluación específica en la que, tras una evaluación inicial, y en función de la identificación de deficiencias o la gravedad de los hallazgos, se deniega la acreditación, requiriendo una nueva evaluación completa antes de que pueda otorgarse. Durante este proceso, QUAD A seguirá colaborando con el centro. La decisión de "Aplazado" se utiliza únicamente en relación con las evaluaciones de centros que solicitan participar en uno de los programas de Medicare de QUAD A.

Suspensión de emergencia: Un estado de acreditación en el que QUAD A ha prohibido al centro prestar servicios bajo la acreditación QUAD A por no cumplir con todos los estándares de acreditación o en caso de que una junta de licencias profesionales haya tomado una medida contra un miembro del personal del centro, en ambos casos de una manera que genere una preocupación significativa sobre la seguridad de la atención prestada en ese centro.

Evidencia de corrección (“EoC”):  Documentación que la instalación debe presentar a QUAD A para demostrar que se han completado las acciones correctivas descritas en el Plan de Corrección. Dicha documentación incluye, entre otros, copias de formularios o políticas nuevos o actualizados; copias de recibos de mano de obra, materiales, equipos o servicios prestados; fotografías de áreas actualizadas en la instalación o de equipos o suministros nuevos; copias de documentación de capacitación en servicio; resultados de auditorías; registros de asistencia; o certificados recién obtenidos.

Instalación: La entidad jurídica que solicita la acreditación en la ubicación específica, o ubicaciones permitidas según el programa aplicable, tal como se documenta en la solicitud de acreditación.

Director de las instalaciones: El directivo de mayor rango en el centro, responsable último de tomar las decisiones administrativas pertinentes, salvo las relacionadas con el diagnóstico y el tratamiento de los pacientes. El director del centro y el director médico pueden ser la misma persona.

Inactivación: Se refiere a cualquier acción iniciada, ya sea por la Instalación o por QUAD A, para finalizar la participación en el Programa, sin importar la terminología utilizada, como Cancelación, Denegación, Eliminación, Revocación, Terminación o Retiro.

Director médico: El directivo de mayor rango en el centro, responsable último de tomar las decisiones administrativas relativas al diagnóstico y tratamiento de los pacientes. El director del centro y el director médico pueden ser la misma persona.

Plan de Corrección (“PdC”): Documentación que la Instalación debe proporcionar a QUAD A en respuesta a cada citación de deficiencia que describa en el formato prescrito cómo la Instalación corregirá dicha deficiencia, en qué fecha se corregirá la deficiencia, cómo la Instalación supervisará el cumplimiento continuo y la parte responsable de la corrección y supervisión continua de la deficiencia, de una manera que sea aceptable para QUAD A, dentro del plazo establecido por el programa de Acreditación en cuestión, actualmente dentro de los diez (10) días calendario a partir de la recepción de la notificación de que existe dicha deficiencia en el Informe de Encuesta.

Proceso posterior a la encuesta: El período posterior a cualquier inspección, pero anterior a la emisión de la decisión de acreditación, durante el cual QUAD A recopila, revisa y concilia el informe de la inspección; la instalación prepara y propone sus PoC; QUAD A revisa y aprueba o rechaza y devuelve para su revisión cada PoC; la instalación prepara y presenta sus EoC; y QUAD A revisa y aprueba o rechaza y devuelve para su revisión cada EoC para que QUAD A pueda llegar a una decisión de acreditación.

Libertad condicional: Una decisión de acreditación adversa resultante del incumplimiento por parte del centro de los requisitos de QUAD A, incluyendo, entre otros, la falta de pago, la falta de entrega oportuna de la prueba de conformidad o la declaración de conformidad, o el incumplimiento demostrado durante una inspección o revisión de documentos; durante dicho período de prueba, QUAD A podrá realizar inspecciones o revisiones de documentos adicionales y el centro podrá seguir prestando servicios, pero también se le podrá exigir que cumpla con condiciones adicionales impuestas por QUAD A como resultado de dichos hallazgos. El incumplimiento de las normas o los términos conlleva la cancelación de la acreditación.

Programa: El conjunto de requisitos, incluidos los estándares, los mandatos de procedimiento, los pagos y las obligaciones de presentación de informes que, cuando se agregan y se cumplen, dan derecho a una instalación a la acreditación de QUAD A, y que pueden proporcionar equivalencia o cumplimiento con los mandatos legales de la jurisdicción en la que se encuentra la instalación o satisfacer los criterios de inscripción para participar en un programa gubernamental como Medicare en los Estados Unidos o un programa análogo en otros territorios.

Revocación: Una decisión de acreditación adversa resultante del incumplimiento por parte del centro de los requisitos de QUAD A, que incluye, entre otros, la falta de pago, la falta de entrega oportuna de PoC o EoC, o el incumplimiento demostrado durante una inspección o proceso de revisión de documentos que el centro no haya corregido dentro del plazo asignado, lo que resulta en que QUAD A retire su acreditación al centro.

Declaración de deficiencia (“SoD”): Documentación de una práctica que no cumple con un estándar QUAD A, según se identifique durante una inspección u otra revisión, que esté redactada en el formato requerido por el Programa aplicable y enviada a QUAD A por el Inspector de QUAD A o el miembro del personal apropiado para registrar los hallazgos relacionados con la Instalación.

Informe de la encuesta: El documento final que refleja la revisión de QUAD A y cualquier revisión posterior del SoD que QUAD A proporciona a la Instalación para iniciar el proceso de acción correctiva o que comunica la ausencia de deficiencias por parte de la Instalación.

Terminación: Un estado de acreditación de instalación en el que cualquier acción por parte de QUAD A para poner fin a la participación de la instalación en el programa, independientemente de la terminología utilizada.

Retiro: Cualquier acción por parte de una Instalación para poner fin a la participación en el Programa, independientemente de la terminología utilizada.

¡Próximamente estará disponible el sitio web de la Región del Mediterráneo Oriental (REM)!

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